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Con el objetivo de poner freno a conductas que atentan contra la seguridad pública y el patrimonio colectivo, el pasado 30 de junio de 2026 ingresó al Honorable Concejo Municipal de Ceres un Proyecto de Ordenanza impulsado por la presidenta del Bloque UCR, Dra. Yanina N. Brondoni. La iniciativa propone la prohibición absoluta del uso de gomeras, rifles de aire comprimido y dispositivos afines en todo el ejido urbano.

El proyecto fundamenta su necesidad en las reiteradas quejas presentadas por los vecinos ceresinos ante la falta de una normativa específica. Según argumenta el texto, el uso indiscriminado de estas herramientas arrojadizas se ha tornado cotidiano, provocando hechos de vandalismo urbano (como rotura de luminarias y daños en espacios públicos), la matanza de aves autóctonas, lesiones a mascotas domésticas e incluso riesgo directo de heridas a personas.

Régimen de sanciones y decomiso

El proyecto de norma distingue responsabilidades según la edad de quienes infrinjan la ley:

Mayores de edad: La tenencia, portación o utilización de estos elementos en la vía pública conllevará multas económicas que irán desde las $70.000 hasta las $350.000, graduadas según la gravedad de los daños provocados.

Menores de edad: Se procederá al decomiso e incautación inmediata del dispositivo arrojadizo, notificando a los padres o tutores legales, quienes serán pasibles de sanciones pecuniarias de entre $35.000 y $175.000.

Comercio local: Los locales comerciales que expendan este tipo de dispositivos tendrán la obligación de exhibir de manera visible un cartel indicativo de la ordenanza, especificando la prohibición de uso en la vía pública y las sanciones correspondientes.

Aplicación y campaña de concientización

De aprobarse la normativa, el Juzgado de Faltas Municipal actuará como la autoridad de aplicación de las sanciones, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) reglamentará los protocolos de control, decomiso y destrucción o destino final del material secuestrado.

Asimismo, el Artículo 7° contempla la realización de una intensa campaña de difusión pública e institucional durante un período de tres meses posteriores a su promulgación, a través de medios tradicionales de comunicación, redes oficiales y cartelería, garantizando el conocimiento preventivo de la ciudadanía.

Autor: admin